Las mujeres en los primeros años de la Iglesia

Las mujeres en los primeros años de la Iglesia

Por Bert Haloviak

 

“Ella ha tenido más éxito en los últimos años que cualquier pastor de este Estado… Estoy de acuerdo en darle licencia a la Sra. Lulu Wightman para que predique, y si el Hno. W. es un hombre capaz y trabaja con su esposa y parece ser un obrero de éxito, tampoco me opongo a que se le conceda licencia’’ (Parte de una carta que el pastor S.M. Cobb escribió al presidente de la Asociación de Nueva York, en 1897).

En el 1906 la Review and Herald (Revista Adventista) publicó el obituario de Truman Russell,que murió a la edad de 82 años. El hecho de que tres de los hijos del Sr. y la Sra. Russell llegaran a ser pastores Adventistas dice mucho sobre esta familia. Imaginemos el gozo que la familia debe haber experimentado al ver a sus hijos entrar al ministerio. Kit Carson Russell trabajó durante 32 años como pastor de iglesia, presidente de Asociación, y director del Departamento de Libertad Religiosa de la Asociación General. Su obituario aparece en la Review del 29 de enero del 1920. Su hermano, Edgar Torrey Russell, sirvió a la Iglesia Adventista del Séptimo Día durante 45 años como pastor y presidente de Asociación y Unión. Su obituario se publicó en la Review del 22 de octubre del 1925.

El tercer pastor de esa familia tenía un nombre poco común entre los ministros de la Iglesia Adventista del Séptimo Día y el obituario de ella, pues se trataba de una dama, nunca apareció en la Review. Tras ese hecho yace una historia triste.

Lulu Russell Wightman

Lulu Russell Wightman fue la pastora de más éxito en el Estado de Nueva York por más de una década. Su ministerio comenzó cuando recibió su credencial de pastora en 1897 y continuó aún después de haber salido de Nueva York en 1908 para involucrarse en la obra de liberta religiosa en Kansas y Missouri. Los resultados del ministerio de la Sra. Wightman la distinguen no sólo como la evangelista de más éxito en Nueva York durante su época, sino como la de más éxito dentro de la Iglesia Adventista de cualquier época. Como pastora con credenciales, la Sra.Wightman fue pionera en la obra de establecer compañías o iglesias en diversos lugares en Nueva York donde el adventismo nunca antes había entrado.

En 1901 el presidente de la Asociación de Nueva York envió la siguiente nota a John Wightman, esposo de Lulu: “Adjunto encontrará una pequeña muestra de aprecio de la Junta de la Asociación por su trabajo como ayudante de su esposa”[1] Obviamente la Sra. Wightman era la pastora con credencial, y la Asociación le envió dinero a su esposo en aprecio por haberla ayudado. ¿Cómo fue posible que ocurriera algo así? La Sra. Wightman era una de más de vein­te damas Adventistas que tenían credenciales como pastoras en el el siglo 19. ¿Estaba la iglesia del siglo 19 haciendo algo incorrecto? No hay autoridad bíblica para dar credenciales a mujeres como pastoras y eso era precisamente lo que la iglesia de la época de la Sra. Elena de White estaba haciendo.

Interés bíblico

La iglesia ha estado siempre interesada en la relación en­tre la autoridad bíblica y los reglamentos de la iglesia. Uno de los primeros casos donde esta preocupación aflora es en el momento de escoger el nombre “Adventista del Séptimo Día” para la iglesia. Luego surgió el tema de la organización legal de la iglesia.“Después de todo—argumentaba muchos en las jun­tas—¿dónde en las Escrituras aparece un cuerpo de creyentes llamados Adventistas del Séptimo Día?” En verdad, decían, “no es correcto usar cualquier nombre excepto ‘Iglesia de Dios,’ pues todos los demás nombres bíblicos ya han sido tomados.” Muchos llamaban nuestra iglesia “Iglesia de Dios”hasta el 1860, cuando el nombre “Adventista del Séptimo Día” fue generalmente aceptado.[2]

Otros se oponían a las sesiones regulares de la Asociación, a las constituciones, y peor aún, a registrar las propiedades de la iglesia ante el estado porque no encontraban base bíblica explícita para hacerlo. Esta situación no se resolvió sin crear divisiones dentro de la iglesia, pero la posición de Jaime White, apoyada por Elena de White, prevaleció. He aquí la declaración de Jaime White:

Si nos preguntaran, ¿dónde están los textos bíblicos que claramente autoricen la posesión legal de propiedades por la iglesia?, contestamos: La Biblia no los provee; ni tampoco dice que debemos tener un periódico semanal, una prensa de vapor, ni que debemos publicar libros, ni construir lugares para adorar, ni enviar carpas. Jesús dice: “Asi alumbre vuestra luz sobre los hombres”, etc.; pero no da todos los detalles en cuanto a la forma como debemos hacerlo. Se le permite a la iglesia moverse a la realización de la gran comisión, orando por la dirección divina, siguiendo los planes más eficientes para su logro. Creemos que es seguro regirnos por lo siguiente:

Deben emplearse todos los medios que, en armonía con el buen juicio, adelanten la causa de la verdad y que no estén prohibidos por declaraciones explícitas de las Escrituras.[3]

La iglesia aceptó ese principio con relación a sus reglamentos, separándolos de lo que es doctrinal. Todas nuestras doctrinas están basadas completamente en la autoridad bíblica, pero elegimos presidentes de la Asociación General sin ninguna autoridad bíblica específica para hacerlo.

Se le abren las puertas a las mujeres

Fue en los años posteriores al 1870 que la Iglesia Adventista del Séptimo Día abrió de par en par las puertas a las mujeres y su ministerio. En la década anterior un buen número de ministros había dejado la iglesia, quedaban zonas extensas dentro de los Estados Unidos que no habían sido penetradas, y la iglesia necesitaba evangelistas; de modo que se animó a hombres y mujeres a prepararse para entrar a las filas del ministerio. La clave del ministerio en el siglo 19 fue el evangelismo, y ese fue el enfoque durante la década que comenzó en 1870. Fue entonces que se le comenzó a otorgar credenciales ministeriales a las mujeres. Ellas eran ministras de acuerdo a la forma en que la iglesia definía el ministerio.

En los congresos de la Asociación General del 1870 y del 1871, la Sra. Elena de White hizo declaraciones significativas acerca del ministerio, cuyo fin era sacar la iglesia de un ministerio de debate hacia uno de preocupaciones más pastorales. Como resultado de sus exhortaciones a producir ministros mejores preparados, la sesión del 1870 estableció un comité para crear un curso de estudio para ministros.[4] Además, después de la sesión del 1871, se ofreció un curso de elocuencia ministerial para hombres y mujeres que planeaban entrar a la obra pastoral. (Es interesante notar que el costo para inscribirse en la Asociación de Elocuencia Pastoral era de $5.00 para los hombres y $3.00 para las mujeres).[5]

Jaime señaló el propósito del curso de elocuencia para ministros diciendo: “Hay centenares de jóvenes y señoritas que deberían asistir a este curso”, el cual “los calificaría para enseñar la Palabra a otros”.[6] Hace más de un siglo la Iglesia Adventista animaba a sus mujeres a entrar al ministerio. De hecho, no existía una definición del ministerio dentro del adventismo del siglo 19 que excluyera a las mujeres. La única exclusión era la que involucraba las acciones reservadas a los pastores ordenados. Pero las mujeres estaban claramente incluidas dentro de la definición del ministerio adventista del siglo 19. Ellas pertenecían a las asociaciones ministeriales, poseían credenciales ministeriales o “licencia para predicar”, conducían campañas evangelísticas, visitaban iglesias haciendo la obra pastoral, y recibían pago de los fondos del diezmo que Elena de White consideraba reservados para el ministerio oficial de la iglesia. De modo que Lulu Wightman era una pastora Adventista en todo el sentido de la palabra como lo definía la iglesia.

Durante seis años, Juan Wightman había recibido solamente un salario nominal por ayudar a su esposa, pero en 1903 surgió un dilema al él recibir su credencial pastoral. Desde 1901 la Sra. Wightman había recibido sueldo de pastor ordenado. El asunto de su ordenación surgió en una reunión que tuvo la Asociación del Estado de Nueva York en el 1901. El presidente de la Unión, R. A. Underwood, apoyaba su ordenación, pero el presidente de la Asociación General, A. G. Ganiells, que por casualidad estaba presente en esa reunión (sin ser integrante, ni haber sido invitado), pensó que una mujer no podía ser “debidamente ordenada, por lo menos por el momento.” De modo que la asociación votó darle el salario de pastora ordenada, a pesar de no haber recibido la ordenación.[7]

Esto no fue problema alguno, hasta que su esposa recibió una licencia pastoral dos años después. Entonces la Asociación recomendó que se le bajara el sueldo a la Sra. Wightman a nivel de pastora con licencia, quizás temiendo que algunos consideraran que ella tenía más autoridad que el esposo. Aunque el esposo protestó, lo propuesto se cumplió. Las estadísticas de esa época muestran que 60 por ciento de los nuevos miembros que se unieron a la iglesia en el Estado de Nueva York, entraron como resultado de los esfuerzos de los esposos Wightman. En ese tiempo la Asociación de Nueva York tenía 11 pastores.

La ironía continuó. Juan Wightman fue ordenado en 1905, dos años después de haber recibido su licencia. Su esposa había sido la pastora más eficiente de Nueva York durante nueve años, pero no fue ordenada.

El ministerio de los esposos Wightman continuó y abarcó una gran variedad de funciones. La Sra. Wightman recibió condecoraciones estatales y nacionales en disertaciones sobre libertad religiosa ante muchos magistrados del gobierno. En 1909 su esposo escribió con orgullo lo siguiente acerca de ella:

La Cámara de Diputados [de Missouri] pasó una resolución invitando a la Sra. Wightman a presentar ante los diputados el tema “El Surgimiento de la Libertad Religiosa en los Estados Unidos.’’ Creo que esta acción de parte de la legislatura de Missouri no tiene precedentes en la historia de nuestro pueblo.[8]

El aspecto más triste de esta historia ocurrió el siguiente año y explica por qué ningún obituario de los esposos Wightman aparece en la Review. En 1910, el presidente de la Unión Central, E. T. Russell, distribuyó un panfleto de 16 páginas en contra de su hermana y su cuñado, los esposos Wightman, diciendo que ellos se oponían a la estructura de la iglesia. Como resultado, se les quitó a los esposos Wightman su empleo y la familia quedó dividida en forma permanente. Sin embargo, las iglesias de Hornellsville, Gas Springs, Wallace, Silver Creek, Geneva, Angola, Gorham, Fredonia, Avoca, Rushville, Canandaigua y Penn Yan del Estado de Nueva York debieron su establecimiento al ministerio de una mujer. Y las iglesias de Avon, Lakevile, Hemlock South Livonia, y Bath fueron establecidas cuando el Sr. Wightman se unió a su esposa como pastor licenciado.

La historia de los esposos Wightman es triste y trágica, pero no más triste y trágica fue un relato que escuché no hace mucho de labios de un vicepresidente de la Asociación General. Él habló de su hija y sus observaciones mientras ella crecía. Dijo que era evidente que la joven tenía “el don de predicar el evangelio” públicamente. Le dijo a la concurrencia que a pesar de ese don tuvo que animarla a buscar otras líneas de actividad en vez del ministerio, debido a la situación existente en la Iglesia Adventista. Luego enfatizó: “¡Pero qué bien predicaba esa chica!”

Ese relato me afectó en forma personal porque él se refería a mi iglesia. Era de nuestra iglesia de la que estaba hablando. Pero la historia es todavía más trágica porque A. G. Daniells estaba totalmente equivocado en 1901 al decir que una mujer no podía ser ordenada al ministerio en la Iglesia Adventista.

Resolución de la Asociación General en 1881

El asunto de la ordenación de mujeres Adventistas al ministerio surgió ya en la sesión de la Asociación General celebrada en 1881. He aquí el texto de una resolución que se debatió en la Asociación General de ese año: “Las damas que poseen las calificaciones necesarias para llenar ese puesto, pueden con todo derecho, ser ordenadas para la obra del ministerio cristiano.”[9] Era una resolución admirable para esa época, aunque como es evidente, no pasó.

Desde la década que comenzó en 1870, diversas pruebas han sido aplicadas a los candidatos para el ministerio. Han sido examinados en cuanto a sus calificaciones doctrinales y educativas, conocimiento bíblico, bienestar espiritual, y éxito en el ministerio. Durante todo este período, las Asociaciones continuaron extendiéndoles licencias ministeriales a las mujeres. Así, la resolución de 1881 implica firmemente que sus formadores consideraban que habían mujeres que realmente poseían las calificaciones necesarias para la ordenación. Se les había dado la “licencia para predicar,” mostraban evidencia de su “llamado,” por lo que les renovaban las licencias año tras año. La capacidad de las mujeres no era lo importante en 1881; el asunto que se debatía era si era “perfectamente apropiado” y sabio ordenarlas. Si las mujeres no hubiesen sido consideradas ministras, el asunto de su ordenación no hubiese surgido.

La Sra. White no asistió a la sesión de 1881. Además de la muerte reciente de su esposo, quizás hubo otros factores que se lo impidieron. Sin embargo, su hijo, Guillermo White, de 27 años de edad, fue un observador astuto de la sesión. Había estado asistiendo a las sesiones de la Asociación General desde 1870 y había sido delegado activo desde 1877. Guillermo informó que los delegados a la sesión de 1881 se habían alineado en bandas de “progresivos” y “conservadores” y que “sin duda habría momentos acalorados” antes que terminara la reunión.[10] El estado de la causa y la baja estima en que se tenía el ministerio de Elena de White conspiraron para impedir que se tomara una decisión madura en 1881 en cuanto a la ordenación de la mujer. Después de un análisis parcial, el asunto fue diferido y referido a la Junta de la Asociación Gen­eral, compuesta por 3 varones. Aparentemente, allí murió. No se puede enfatizar demasiado que lo que importaba en 1881 no era “el llamado” o las calificaciones basadas en la capacidad de las mujeres, sino si era apropiado o sabio ordenar a la mujer. Ese asunto iba a ser decidido por Stephen Haskell, Jorge Butler y Urías Smith;y su decisión parece haber sido que el 1881 no era el momento apropiado. Ninguna mujer Adventista del Séptimo Día fue ordenada a ninguna posición sino hasta después de 1895 cuando Elena de White hizo su histórica declaración relacionada con la ordenación. Esa declaración casi parece haberse desvanecido de nuestra conciencia histórica. Pero Elena de White la hizo a pesar de que contradecía las prácticas anteriores de la iglesia.

Declaración de Elena de White, hecha en 1895, en cuanto a la ordenación

He aquí lo que Elena de White dijo en 1895, que realmente es un verdadero hito en nuestra historia:

Las mujeres que están dispuestas a consagrar algún tiempo al servicio del Señor deberían ser designadas para visitar a los enfermos, cuidar de nuestra juventud y ministrar las necesidades de los pobres. Deberían ser apartadas para esta obra mediante la oración y la imposición de las manos.

En algunos casos será necesario consultar con los oficiales de la iglesia [local] o con el presidente [de la Asociación]; pero si son mujeres dedicadas, que mantienen una conexión vital con Dios, serán instrumentos poderosos para el bien de la iglesia.

Esta es otra forma de fortalecer y edificar la iglesia. Necesitamos diversificarnos más en nuestros métodos de labor. Ninguna mano debe ser atada, ningún alma desanimada, ninguna voz acallada; permitid que cada persona trabaje privada o públicamente para ayudar a llevar adelante esta gran obra.[11]

No importa como interpretemos esa declaraciones claro que Elena de White está proclamando que era posible ordenar con derecho perfecto a mujeres Adventistas. Antes de esta fecha no se practicaba ordenar mujeres en la iglesia. Si observábamos cuidadosamente esta declaración creo que veremos que resuelve el dilema en el cual nos encontramos hoy en día. Hay dos aspectos importantes que observar: (1) ¿Puede una mujer ser verdaderamente una ministra según nuestra comprensión del ministerio? (2) ¿Estaríamos yendo contra las Escrituras al ordenar a una mujer?

La iglesia Adventista contestó la primera pregunta el siglo 19 al concederles licencia pastoral a las mujeres. Aparentemente muchos dirigentes no se han dado cuenta que las mujeres recibían licencia y eran consideradas pastoras en el siglo 19. Elena de White felicitaba a tales mujeres y hacía comentarios favorables con relación a su posesión de credenciales. Sin embargo, la pregunta de si es o no es antibíblico ordenar mujeres presenta un dilema. He aquí nuestra dificultad, la cual es un problema histórico. El Manual de la Iglesia Adventista del Séptimo Día (edición del 1986) ilustra la situación:

Las diaconisas eran incluidas entre el personal directivo de las primeras iglesias (Rom 16:1, 2).

Febe era una sierva —sierva en este caso significa “diaconisa”…. Otros pasajes indican que habían mujeres que servían como diaconisas en la iglesia primitiva. Sin embargo no se registra en parte alguna que esas mujeres fuesen ordenadas, y por esto no se sigue en la iglesia Adventista del Séptimo Día la práctica de ordenar diaconisas.[12]

Esta declaración dice que las mujeres no pueden ser ordenadas como diaconisas porque no hay autoridad bíblica para hacerlo. Esta es prácticamente la misma declaración que apareció en el primer Manual de la Iglesia Adventista, publicado en el 1932. En las sesiones de la Asociación General del 1973 y del 1985 se intentó obtener permiso para la ordenación de por lo menos las diaconisas, pero no se logró. Hubo un voto que se tomó en el Concilio de Primavera del 1975 para ordenar a las diaconisas, pero un Concilio de Primavera no puede modificar un reglamento del Manual de la Iglesia. Eso se puede hacer solamente mediante un voto en la sesión plenaria de la Asociación General.

Los que se oponían a la ordenación de las diaconisas argumentan que si se hace, sería muy lógico desde el punto de vista bíblico ordenar también las mujeres al ministerio; por lo tanto, se oponen a ordenar diaconisas. De la misma forma, se considera antibíblica la ordenación de una mujer como anciana de iglesia. Pero Elena de White nos indicó otro camino y lo hizo basada en razones bíblicas. El Manual de Iglesia del 1986 está atrasado por más de 90 años con relación a la declaración hecha por Elena de White en el sentido de que las mujeres “deberían ser apartadas para esta obra mediante la oración y la imposición de las manos”.[13] Después de ella haber hecho esa declaración por lo menos tres mujeres fueron ordenadas como diaconisas en Aus­tralia en la década de los noventas.[14]

Una vez que se reconoció que una mujer podía ser ordenada para algún propósito, el asunto de la ordenación femenina al pastorado quedó resuelto, porque las mujeres ya tenían credenciales ministeriales y Elena de White aseveraba que era apropiado para ellas estar involucradas en los ministerios más importantes que entonces la iglesia realizaba. Ellas estaban haciendo una obra pastoral vital y necesaria, se hallaban trabajando en las líneas del ministerio de Cristo, predicaban la Palabra, ministraban en el sentido más amplio según la definición de Elena de White.

De hecho, ella observó: “Necesitamos diversificar más nuestros métodos de labor”, y añadió que no debemos “atar” ni “desanimar” a las que abrazan esta clase de ministerio, ya sea como obreras laicas ordenadas (las que trabajan en forma “privada”) o empleadas ordenadas de la Asociación (las que trabajan públicamente). Notemos de nuevo su declaración: “Ninguna mano debe ser atada, ningún alma desanimada, ninguna voz acallada; permitid que cada persona trabaje, privada o públicamente, para ayudar a llevar adelante esta gran obra”.15 La naturaleza del ministerio de la Obra de Ayuda Cristiana, a la cual se refiere esa declaración, incluía aspectos tanto laicos como oficiales,y las mujeres eran claramente dignas de ser elegidas para participar en ellos.

Elena de White y el ministerio de compasión

¿Qué diremos sobre el trasfondo de la histórica declaración del 1895? El corazón de la Sra. De White se conmovió al relatar la siguiente experiencia:

Una familia me dijo que un muchacho de más o menos 15 años de edad estaba a la puerta con una pequeña canasta de manzanas y naranjas que estaba vendiendo a un chelín con veinticuatro centavos. Le habían dicho que nosotros teníamos una buena cantidad de esas frutas, pues las comprábamos en la subasta. Le rogó a la chica que le comprara, diciéndole: “¡Nos estamos muriendo de hambre!” Entonces le preguntamos: “¿Dónde está tu padre? ¿Acaso no puede trabajar?”

Y nos contestó tristemente: “Mi padre está muerto.

Mi mamá está enferma. . . Soy el mayor de la familia, y toda la responsabilidad la llevo yo. ¿Puede comprarme las frutas?”[16]

La“pastora” Elena de White vio en esta experiencia mucho más que un simple asunto de pobreza. Vió aquello en que consistía el verdadero ministerio y lo enfatizó:

Ustedes no pueden imaginarse cuan pesada es la carga que llevamos al ver estas almas siendo probadas, arrojadas de sus trabajos, incapaces de hallar empleo a menos que quebranten el sábado. Debemos consolarlas y animarlas; debemos ayudarlas mientras están en estrechez. Hay muchas almas tan preciosas como el oro, y cada pecador salvado causa regocijo en las cortes celestiales.[17]

Para Elena de White el punto más importante consistía en la necesidad de hacer una obra verdaderamente pastoral; es decir, trabajar como Cristo trabajaba cuando les presentaba la verdad a los necesitados. Pocas semanas después de esa experiencia, la tierna “pastora” Elena de White le escribió a su hijo diciéndole:

Ayer comprendí que precisamente en esta línea de hospitalidad, como se me había mostrado repetidamente, podemos unir la gente a nosotros y podemos ejercer una influencia doble sobre ellos.

Esto fue desplegado ante mi en la primera experiencia que tuvimos en esta obra hace muchos años y desde entonces siempre hemos vinculado nuestro interés con la humanidad.[18]

Poco después de haber hecho su declaración sobre la ordenación la Sra. De Wliite bosquejó de nuevo su definición del ministerio. He aquí cómo derivó una base bíblica para su declaración del 1895 con relación a la ordenación de las mujeres:

En el capítulo 58 de Isaías, la obra que el pueblo de Dios debe hacer en las filas de Cristo está claramente estipulada. Debemos romper todo yugo, alimentar al hambriento, cubrir al desnudo, dar albergue a los pobres errantes, enternecer nuestras almas ante los hambrientos y satisfacer el alma afligida. Si aplicamos los principios de la ley de Dios a hechos de misericordia y amor, representaremos el carácter de Dios ante el mundo.[19]

El ministerio de ayuda cristiana era el instrumento prin­cipal que usaba la iglesia Adventista para proclamar su misión en Australia a fines del siglo pasado. W. C.White observó que en esa época Australia era un país “donde había mucha enfermedad y mucha necesidad de ayuda médica” y estaba convencido de que la “forma más efectiva” de trabajar era “mediante el programa de Obra de Ayuda Cristiana” pues esa clase de trabajo “ganaría la simpatía de la gente y serviría como medio para alcanzarlos”. Observó que más de 4.000 personas murieron de fiebre tifoidea durante el 1897 y que los miembros de la iglesia local, así como los empleados denominacionales, “estaban haciendo todo lo posible en la Obra de Ayuda Cristiana”.[20]

Se descubrió que en esos lugares tan terriblemente necesitados, las mujeres eran los ministros más efectivos y activos, y durante ese período es cuando Elena de White hizo sus declaraciones más famosas en cuanto al ministerio de la mujer.[21]

El factor del diezmo

De las declaraciones de Elena de White sobre el uso del diezmo la más pertinente para nuestro tema ocurrió durante su ministerio en Australia. En el 1897 ella escribió:

Este es el fondo especial de nuestro Dios para un propósito especial. Nunca antes había comprendido este asunto como ahora lo comprendo. Habiendo tenido que contestar preguntas dirigidas a mí al respecto, he recibido instrucción especial del Señor en cuanto a que el diezmo está reservado para un propósito especial, consagrado a Dios para sostener a los que realizan esta sagrada obra, como elegidos del Señor para hacer su obra no sólo sermoneando, sino ministrando. Ellos debieran comprender todo lo que esto abarca.[22]

Es importante notar que mientras Elena de White destacaba un propósito singular para el uso de los diezmos, a la vez ampliaba el grupo de los beneficiarios de esos fondos para incluir a las mujeres que, antes de las declaraciones de ella, no calificaban para recibir de esos fondos. Esto resulta aún más significativo cuando uno considera que las exigencias financieras habían reducido drásticamente la disponibilidad de esos fondos. Sin embargo, a medida que se ampliaba el concepto del ministerio se fue haciendo evidente que la Hna. White consideraba el servicio de las mujeres como un verdadero ministerio evangélico.

Según la Sra.de White, lo que permitía que alguien tuviese derecho a recibir pago de los diezmos era el hecho de estar ocupado en presentar directamente el mensaje del evangelio a los que no lo habían escuchado antes, o hallarse involucrado en funciones de instrucción pastoral dentro de la iglesia. Por lo tanto, estaban calificadas para recbir pago del diezmo las esposas de los pastores que instruían a otras hermanas en la obra minionera, las misioneras que iban de casa en casa presentado el evangelio a otras damas, las maestras de Biblia que enseñaban a los obreros estudiantes doctrinas y métodos de evangelismo,las mujeres que enseñaban a otras las técnicas de visitación y del estudio de la Biblia, las que trabajaban en “la Palabra y la doctrina”, y las mujeres médico-misioneras que instruían a otros sobre el programa de Obra de Ayuda Cristiana. La razón para hacer un llamado de este tipo en un tiempo cuando se recomendaba tener “un fondo de diezmos celosamente protegido” el cual debía ser “sagradamente reservado para un sólo propósito”, era que Elena de White entendía que las mujeres eran verdaderos ministros.

Refiriéndose a la naturaleza de la iglesia del siglo 19 y al tema de cómo usar el diezmo, la Sra. White dijo que había recibido “luz en cuanto a este asunto” antes de ir a Australia en el 1891. Luego hizo una declaración que nuevamente reduce la ordenación de las mujeres al nivel de un simple tema de conversación.

Se ha tratado con injusticia a las mujeres que trabajan tan dedicadamente como sus esposos, y que son reconocidas por Dios como tan indispens­ables para la obra del ministerio como sus esposos.

El sistema de pagar a los colaboradores varones y no a sus esposas, es un plan que no está de acuerdo con la orden del Señor. . . Este arreglo. . . puede desanimar a nuestras hermanas a capacitarse para la obra a la cual se debieran dedicar [esto es, el ministerio]. . . Este no es un asunto que los hombres pueden decidir. El Señor ya lo ha decidido. Deben cumplir su deber para con las mujeres que trabajan en el evangelio.[23]

La Sra. White recomendó que se usasen los fondos del diezmo para pagar a las mujeres porque ella consideraba que en realidad hay “mujeres que trabajan en el evangelio… cuya obra testifica que son esenciales para llevar la verdad a las familias”. “Su obra es justamente la obra que debe hacerse”; y señaló que “la causa sufriría una gran pérdida sin esta clase de labor”. Al identificar esta labor ella afirmó que “vez tras vez el Señor me ha mostrado que las instructoras son tan grandemente necesarias en la obra que él les ha signado como lo son los hombres”. Ella aconsejó que “hay mujeres que deberían trabajar en el ministerio evangélico”[24] y luego definió la naturaleza pastoral de dicho ministerio:

Las mujeres que trabajan enseñando a las almas a buscar el nuevo nacimiento en Jesucristo, están haciendo una obra preciosa. Ellas se consagran a Dios, y son tan buenas obreras para Dios como lo son sus esposos. Ellas pueden hallar acceso a hogares donde los pastores no podrían entrar. Ellas pueden escuchar las tristezas de los deprimidos y oprimidos y pueden impartir rayos de luz a las almas desanimadas. Pueden orar con ellas. Pueden abrir las Escrituras, e instruirlas con un “Así ha dicho el Señor”.[25]

Fue esta clase de ministerio el que la Hna.White definió como “verdadero ministerio”, añadiendo que es el “acompañamiento del Espíritu de Dios el que prepara a los obreros, hombres y mujeres, para ser pastores del rebaño de Dios”.[26]

Las mujeres son indispensables para el ministerio evangélico

Sin mencionar la palabra mujer, el tema de la ordenación o el ministerio evangélico, en las siguientes declaraciones de la Sra. White nos informa por qué las mujeres son esenciales para el ministerio actual de la iglesia Adventista como “pastoras del rebaño de Dios”. Una simple reflexión sobre las siguientes declaraciones así lo indicaría:

(1) La gloria del evangelio radica en que está fundado en el principio de restaurar en la raza caída la imagen divina mediante in a manifestación constante de benevolencia.[27]

(2) La plenitud del carácter cristiano se obtiene cuando el impulso de ayudar y bendecir a otros surge constantemente del interior.[28]

Conclusión

Se puede observar que durante su tiempo Elena de White consideraba a las mujeres como ministras y apoyaba la ordenación de ellas. Llamó a las mujeres “pastoras del rebaño de Dios” en una época cuando la idea de “pastorear” era un concepto vital que estaba surgiendo en el ministerio. Los “hombres y mujeres” que actuaran como las “manos ayudadoras del Señor”, y que trabajaran como Cristo lo hacía, combinando el ministerio pastoral-evangélico hacia los “oprimidos, rescatando a los que están por perecer”, serían considerados “sacerdotes del Señor” y “ministros de nuestro Dios”, de acuerdo al análisis que Elena de White hiciera de Isaías 61:6.[29] Es evidente que la Sra. White no creía que debido a que en el Antiguo Testamente no había mujeres en el sacerdocio les estaba prohibido permanentemente participar en el ministerio organizado.

Durante el siglo 19, principalmente bajo la influencia de Elena de White, la iglesia Adventista del Séptimo Día llegó a ser admirablemente innovativa al aprovechar las oportunidades para exhibir una definición dinámica y versátil del ministerio. Es evidente que se les permitía a las mujeres realizar todas esas funciones exceptuando aquellas que la iglesia definía cono perteneciendo únicamente al ministro ordenado.

Cuando la iglesia en el 1895 titubeaba con relación a si se debía o no ordenar mujeres, Elena de White resolvió el problema. Luego procedió a explicar por qué la iglesia cristiana ordenó a Pablo y Bernabé. El principio que ella expresó es evidentemente importante para clarificar el tema de la ordenación de la mujer el ministerio: “A fin de que su trabajo pudiera estar por encima de toda crítica, [Dios] indicó a la iglesia por revelación que se los apartara públicamente para la obra del ministerio. Su ordenación fue un reconocimiento público de su elección divina para llevar a los gentiles las alegres nuevas del evangelio”.[30]

En verdad, Elena de White cumplió con su misión para con la iglesia al señalar los principios bíblicos relacionados a la ordenación. Aquí ella aplica dichos principios bíblicos al ministerio como se lo definía durante la época en que ella veía su experiencia en Australia como un modelo para la iglesia. Basándose en Isaías 58 y 61, ella define el verdadero ministerio:

Si hombres y mujeres actuaran como las manos ayudadoras del Señor, realizando tareas de amor y bondad, levantando al oprimido, rescatando a los que perecen, la gloria del Señor sería nuestra retaguardia… Refiriéndose a los que actúan como sus manos ayudadoras, el Señor dice: “Y vosotros seréis llamados sacerdotes del Eterno, ministros de nuestro Dios”.[31]

Cuando la Sra.White reflexionaba sobre el enfoque de la justificación por la fe después del 1888, percibió claramente sus implicaciones concerniente a la naturaleza del ministerio:

Debemos concentramos más en la presentación del amor y la misericordia de Dios para conmover los corazones de la gente. Debemos adquirir un sentido tanto de la justicia de Dios como de su misericordia. Los que puedan unir la ley y la mise­ricordia de Dios pueden alcanzar cualquier corazón. Por muchos años he visto que hay un eslabón roto que nos ha impedido alcanzar los corazones; este eslabón lo provee la presentación del amor y la misericordia de Dios.[32]

Nueve días después de esa declaración, la Sra. White se dirigió a los ministros en sesión de la Asociación General del 1891 y registró sus sentimientos en sus diario. La declaración sobrepasa los argumentos relacionados con la ordenación. Ella no expuso aquí una causa, sino que escribió en su diario lo siguiente con relación a la naturaleza del ministerio:

El Señor dió a Cristo para ministrar al mundo. El ministerio no consiste solamente en la predicación de la Palabra. El Señor desea que sus siervos que ministran ocupen un lugar digno de la mayor consideración. En la mente de Dios, el ministerio de hombres Y MUJERES existía antes que el mundo fuera creado. El determinó que sus ministros deberían ser ejemplos perfectos de su Persona y de sus propósitos. Ninguna carrera humana podría hacer esta obra; de modo que Dios dio a Cristo a la humanidad para que mediante la obediencia completa a su voluntad y sus deseos, ésta alcanzara el ideal planeado para nosotros. El carácter de Dios fue revelado en la vida de su Hijo. Cristo no sólo poseía la teoría de lo que significaba un verdadero ministerio, sino que en su humanidad hizo una ilustración del ministerio que Dios aprueba. La perfección ha señalado cada aspecto del verdadero ministerio. Cristo, el Hijo del Dios viviente, no vivió para sí mismo, sino para Dios.[33]

El hecho de que Dios tenía planeado un ministerio para hombres y mujeres desde antes de la creación del mundo destruye toda idea de subordinación y ofrece evidencia clara acerca del concepto que tenía Elena de White sobre el papel que le corresponde a las mujeres en el ministerio. La historia del ministerio en la iglesia Adventista durante el siglo 19 ilustra que las mujeres estaban en verdad sirviendo como “sacerdotes” y “ministros” del Señor. Esta herencia debe ser reconocida.


Sobre el autor: el historiador Bert Haloviak es director asistente de archivos y estadísticas en la Asociación General de Adventistas del Séptimo Día en Silver Spring, MD. También sirve como profesor auxiliar en el Colegio Colum­bia Union donde enseña religión y clases de historia religiosa.


Notas

  1. Carta de G. B. Thompson a John Wightman, 13 de agosto del 1901.
  2. Véanse Review and Herald, 19 de junio y 16 de octubre del 1860,y otros números de ese año.
  3. Jaime White, Review and Herald, 26 de abril del 1860, el énfasis es nuestro.
  4. Véase Elena G. de White, Testimonies, tomo 2, pág. 498 y también el “Curso para ministros” de Jaime White, J. N. Andrews, J. H. Waggoner, G. H. Bell, y U. Smith, Review and Herald, 10 de enero del 1870.
  5. Ibid.
  6. Ibid., el énfasis es nuestro.
  7. Carta de John Wightman a S. H. Lane, 2 de septiembre de 1904.
  8. Missouri Workers’ Record, 28 de abril de 1909.
  9. Es interesante notar que el informe de la sesión de la Asociación General del 1881 que apareció en la revista Signs of the Times informaba que la resolución había sido aprobada. Pero la Review and Herald informó que fue “tratada por J. O. Corliss, A. C. Bourdeau, E. R. Jones, D.H. Lamson, W. H. Littlejohn, A. S. Hutchins, D. M. Canright y J. N. Loughborough y recomendada al Junta de la Asociación General.” Aunque aparentemente la declaración de la Review es la más exacta, carece de documentación, lo cual deja el asunto sin resolver y abierto a interpretaciones.
  10. White a L. E. Froom, 12 de mayo de 1930, Rg 58 [LEF], Archivo de Interpretación y Desarrollo de Archivos de la Asociación General; W.C. White a Mary White, 2 de diciembre de 1881, White Estate.
  11. Review and Herald, 9 de julio de 1895, el énfasis es nuestro.
  12. Pág. 64.
  13. La edición del Church Manual del 1990 declara:“La iglesia puede hacer arreglos para un servicio de inducción adecuado para las diaconisas, conducido por un pastor ordenado que posea credenciales actualizadas” (el énfasis es nuestro). De modo que la ordenación de diaconisas todavía se prohíbe a pesar de que hay pruebas de que algunas mujeres fueron ordenadas como diaconisas en Australia en la época de la Elena de White.
  14. C. White a los Miembros del comité de a Unión Australiana, 15 de julio del 1896. Véase también Arthur Patrick, “Madres Fundadoras: Las Mujeres en la obra Adventista de la División del Pacífico Sur”, Adventist Heritage, Otoño del 1986.
  15. Elena G. De White, Review and Herald, 9 de julio del 1895.
  16. Elena de White al Hno. Harper, 9 de julio del 1894, H30A. 1894.
  17. Ibid.
  18. Elena de White a W. C. White, 6 de agosto del 1894.
  19. Review and Herald, 20 de agosto del 1895.
  20. W C. White a la Junta Médico-Misionera, diciembre del 1897, WCW Libro lia.
  21. Véase en el Apéndice una colección de algunas de esas declaraciones.
  22. Carta 40,1897.
  23. “The Laborer is Worthy of His Hire”, Manuscrito 43a. 1897.
  24. Ibid.
  25. Ibid.
  26. Review and Herald, 15 de enero del 1901.
  27. Elena de White, “The Needs of the Cause inAustralasia:An Appeal”, 11 de junio del 1903.
  28. Elena de White, “He that Loveth not His Brother Abideth in Death”, 2 de agosto del 1899­
  29. 17 de enero del 1901. B7-1901.
  30. Hechos de los Apóstoles, 131, el énfasis es nuestro.
  31. Elena de White, 17 de enero del 1901,B7-1901.
  32. Elena de White, Declaración ante el Comité de la Asociación General y a los presidentes de las Asociaciones, 3 de marzo del 1891. Acuerdos de la Asociación General.
  33. Elena de White, anotación en su diario del 12 de marzo del 1891, Manuscrito 23-1891, el énfasis es nuestro. El registro original del diario de Elena de White no contiene la frase que incluía a las mujeres dentro del concepto original de Dios acerca del ministerio, pero la versión del 1903 sí lo incluía. Indudablemente su experiencia en Australia la llevó a incluir esa frase en sus adiciones posteriores.

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